En todo caso, tanto PPA como planes de pensiones tienen en común:
• Únicamente pueden rescatarse ante contingencias específicas: jubilación, incapacidad laboral permanente total, gran dependencia, desempleo prolongado, enfermedad grave, fallecimiento o transcurridos 10 años desde la primera aportación (desde 2015)
• Límites anuales de aportación: 8.000€ o el 30% rendimientos netos del trabajo y actividades económicas. Para mayores de 50 años, 12.000€ anuales.
• Las aportaciones realizadas se desgravarán de la base imponible en el IRPF. Recuerda realizar tu aportación antes del 31 de Diciembre de cada ejercicio para adecuar las ventajas fiscales a tus necesidades.